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Ventajas Fiscales 

Complementariamente a la satisfacción solidaria de contribuir a una mejora de la sociedad, se pueden obtener también beneficios fiscales:
El Boletín Oficial del Estado de 20 de diciembre de 2023 publicó el Real Decreto Ley 6/2023 de 19 de diciembre que aprueba, entre otras, algunas modificaciones de la Ley 49/2002 y que son aplicables a partir del 1 de enero de 2024:

Donaciones de empresas (entre otras)

  • El límite de deducción máxima aplicable según base imponible del contribuyente se incrementará del 10% al 15%.
  • Se amplía el concepto de los convenios de colaboración empresarial del artículo 25, que prevén que la aportación a la entidad sin ánimo de lucro pueda ser dineraria, en especie o consista en una prestación de servicios.

Donaciones de particulares (se pueden recuperar)

  • El 80% de los primeros 250€ donados.
  • El 40% de la cantidad que supere los primeros 250€
  • El 45% de lo que supere los 250€ si se da la misma cantidad durante dos años consecutivos.

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